Desde el 3 de abril de 2025, ir a juicio sin haber intentado la mediación puede costarte el caso.
No es una exageración. Es la Ley Orgánica 1/2025.
Estos son los 5 puntos que toda empresa y todo abogado deben conocer:
- Es obligatorio, no opcional. Antes de presentar cualquier demanda civil o mercantil, debes acreditar que intentaste resolver el conflicto mediante un MASC — Medio Adecuado de Solución de Controversias. Sin ese certificado, el juez no admite la demanda.
- No tienes que llegar a un acuerdo. Solo tienes que intentarlo de buena fe. Una sesión informativa ante un mediador acreditado es suficiente para cumplir el requisito. Si la otra parte no comparece, también queda acreditado.
- Negarse tiene consecuencias. Si una parte rechaza injustificadamente participar y luego pierde el litigio, puede ser condenada a pagar todas las costas — incluyendo las del intento de mediación.
- Hay excepciones importantes. No aplica en procedimientos penales, concursales, ni cuando la Administración es parte. Tampoco en materias de menores o derechos fundamentales.
- El plazo máximo es de 3 meses. Si se opta por mediación como MASC, el proceso no puede superar los 3 meses desde la solicitud. Es un mecanismo ágil, no un nuevo laberinto burocrático.
La LO 1/2025 no es solo un cambio procesal. Es un cambio de cultura jurídica.